El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido una sentencia histórica sobre la Ley de Mercados Digitales (DMA), confirmando que la Comisión Europea tiene el derecho de catalogar a TikTok, la popular aplicación de videos cortos, como un «guardián de acceso». Esta categoría, definida en la DMA, se aplica a empresas con más de 45 millones de usuarios activos y una capitalización de mercado superior a 75.000 millones de euros. ByteDance, la empresa matriz de TikTok, había recurrido esta clasificación, argumentando que su influencia en el mercado europeo no justificaba tal designación, pero el TJUE ha desestimado sus alegaciones por falta de fundamento suficiente.
TikTok no solo cumple con los criterios cuantitativos para ser un «guardián de acceso», sino que tiene una influencia en el mercado digital europeo. Y es que TikTok actúa como una puerta de acceso crucial para que los usuarios profesionales lleguen a los consumidores finales en Europa. Además, el TJUE señaló que el rápido crecimiento de usuarios de TikTok en la Unión Europea, que ya alcanza la mitad del tamaño de gigantes como Facebook e Instagram, refleja su capacidad financiera y su potencial de monetización.
Esta decisión representa una clara victoria para la Comisión Europea y sus impulsores de la DMA, Margrethe Vestager y Thierry Breton. Aunque ByteDance aún puede recurrir la sentencia, la contundencia de los argumentos del TJUE sugiere un camino difícil para la empresa. La resolución también envía un mensaje claro a otras grandes tecnológicas como Apple y Meta, que han criticado vehementemente la DMA. La manera en que se resuelvan sus casos en el futuro dependerá en gran medida de esta sentencia. Puesto que podría obligar a estas empresas a reconsiderar sus estrategias en el mercado europeo.